[eside-ghost] licencias en libros...

Aintzane Gonzalez wincki_ en hotmail.com
Lun Abr 25 23:04:00 CEST 2005



>From: Iñigo <i_munoz en euskalnet.net>
>Reply-To: Lista de eside-ghost <eside-ghost en deusto.es>
>To: Lista de eside-ghost <eside-ghost en deusto.es>
>Subject: Re: [eside-ghost] licencias en libros...
>Date: Sat, 23 Apr 2005 17:15:31 +0200
>
>No estoy muy seguro, pero creo que la copia privada está permitida para 
>todo tipo de "obras intelectuales" a excepción de software, por lo tanto 
>los libros también entrarían ahí. Digo que no estoy muy seguro porque por 
>otro lado creo que alguna vez he oído que fotocopiar un libro entero está 
>prohibido (de hecho incluso creo haber visto carteles en alguna copistería)
>
hola
el art. 270.1 del Código penal dice: será castigado con la pena de prisión 
de seis meses a dos años y multa de doce a 24 mesees, quien CON ÁNIMO DE 
LUCRO Y EN PERJUICIO DE TERCERO reproduzca, plagie, distribuya o comunique 
publicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artísitica o 
científica o su transformación, interpretación o ejecución arítstica fijada 
en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin 
la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de 
propiedad intelectual o de sus cesionarios

así que en principio lo que importa a la hora de saber si es delito o no lo 
de copiar es la intención, y basicamente si hay animo de lucro, vamos si te 
obtienes algun tipo de beneficio con tu actuacion. no hace falta de todas 
maneras que el perjuicio o el ánimo de lucro se den efectivamente, basta con 
la intencionalidad.
el tribunal supremo define así el ánimo de lucro: "cualquier ventaja, 
utilidad, beneficio o rendimiento que se proponga obtener el sujeto activo"
este ánimo de lucro hay q deducirlo de los actos externos y objetivos del 
sujeto que se dan en el momento justo, antes o después de la realización de 
la acción. par ademostrarlo por tanto hay que atender a indicios y a no ser 
que sea el propio sujeto el que lo reconozca, resulta dificil demostrarlo. 
el tribunal supremo suele decir que el ánimo de "se anuda a la existencia de 
una infraestructura negocial"
así que en principio yo creo que no sería delito fotocopiar un libro, sería 
delito si el tipo de latienda se monta el negocio y empieza a vender libros 
fotocopiados xq tonces sí se está lucrando

un saludo,

aInTz


>Elessar Tinuviel escribió:
>
>>Umm tengo claro que la musica permite copia privada  y de seguridad.
>>El software solo de seguridad...
>>
>
>Que pasa con un libro ?!? Si digo que quiero fotocopiar un libro
>>copiraighteado para pasarselo a álguien estoy haciendo apología de
>>piratería o no? Tenia esa dudilla, a ver si álguien me responde...
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